Objeto:
Convocatoria para la concesión de subvenciones, en concurrencia no competitiva, destinadas a financiar los proyectos empresariales de inversión en la comunidad de Castilla y León, con el fin de promover la creación de empresas, el desarrollo de la competitividad y la consolidación de las empresas existentes, mediante el fomento de la inversión, así como la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo vinculados a dicha inversión.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», desde el 18 de marzo de 2026, y finalizará el día 30 de diciembre de 2026 o, en su caso, el día de la publicación del cierre de la misma si fuese anterior.
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico
¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?
Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.
¿Quién lo puede solicitar?:
Podrán tener la condición de entidad beneficiaria las pymes que cumplan los requisitos exigidos, y realicen proyectos de inversión subvencionables en la Comunidad de Castilla y León, en los siguientes sectores económicos y actividades:
Industrias extractivas y transformadoras.
Servicios de apoyo industrial, entendiendo por tales los servicios que mejoren los procesos de producción o la calidad del producto o servicio mediante la innovación, la introducción de las nuevas tecnologías y mediante la prestación de servicios en los subsectores TIC; se entenderán también como servicio de apoyo industrial las actividades relacionadas con las plataformas logísticas y con la valorización de residuos, impliquen o no su recogida.
Comercio al por mayor y al por menor, excepto las actividades correspondientes a los grupos de la CNAE vigente siguientes: intermediarios del comercio al por mayor, comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos, comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco, comercio al por mayor y al por menor de combustible, comercio al por menor de productos de tabaco y comercio al por menor realizado fuera de establecimiento permanente.
Establecimientos de alojamiento hotelero.
Establecimientos de turismo rural que reúnan los requisitos para ser clasificados como posadas u hoteles rurales.
Establecimientos de alojamiento en la modalidad de camping.
Establecimientos de alojamiento en la modalidad de albergue en régimen turístico conforme a lo establecido en la normativa de Turismo de Castilla y León vigente. En estos proyectos se podrán incluir ofertas turísticas especializadas e instalaciones complementarias de ocio ligadas a dichos establecimientos.
Actividades de turismo activo que realicen empresas autorizadas conforme al Decreto 7/2021, de 11 de marzo, por el que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León.
Los establecimientos de restauración clasificados como restaurante.
La producción de hielo a partir de agua natural con fines de refrigeración; no se incluye la fabricación de hielo comestible.
La edición de programas informáticos (salvo servicios de intermediación y juegos de azar y apuestas).
¿Para qué es la ayuda?:
Se consideran proyectos de inversión subvencionables las inversiones iniciales en activos materiales e inmateriales que consistan en:
a) La creación de un nuevo establecimiento.
b) La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
c) La diversificación de la producción de un establecimiento hacia productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en él, o la diversificación de su actividad.
d) La transformación fundamental en el proceso global de producción de los productos y/o servicios de un establecimiento existente.
e) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que haya cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido, y que es comprado por un inversor no vinculado con el vendedor. La mera adquisición de las acciones de una empresa no se considera inversión inicial.
Toda inversión inicial emprendida por la misma empresa (a nivel de grupo) en un período de tres años contado a partir de la fecha de inicio de los trabajos en otra inversión que recibe ayuda en la misma región de nivel 3 de la Nomenclatura Común de Unidades Territoriales Estadísticas (provincia) se considerará parte de un proyecto de inversión único.
Si se trata de un proyecto de inversión único y además es un gran proyecto de inversión, el importe total de la ayuda no superará el importe ajustado de la ayuda para grandes proyectos de inversión (costes subvencionables superiores a 50 millones de euros).
Quedan excluidas del ámbito de los proyectos subvencionables los referidos a inversiones de sustitución. Se entienden por tales los proyectos que consistan en la actualización tecnológica de un parque de maquinaria ya amortizado.
Cuantía:
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje en función de los costes del proyecto de inversión y los criterios de valoración establecidos.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud, en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:
Documentación a presentar (162 kbytes)
Más información y solicitudes: https://acortar.link/yBAmqZ