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Subvenciones a empresas de inserción laboral para el personal de acompañamiento (2020)

Consejería de Empleo e Industria-Dirección General de Economía Social y Autónomos

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados del personal de acompañamiento  de las empresas de inserción laboral calificadas en el Registro de Empresas de Inserción Laboral de la Comunidad de Castilla y León para el año 2020.

 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 6 de julio de 2020 hasta el 17 de agosto de 2020



Lugar y Forma de presentación:

Electronico:

¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?

Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.



¿Quién lo puede solicitar?

Las empresas de inserción laboral calificadas en el Registro de Empresas de Inserción Laboral de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los requisitos.



¿Qué requisitos debo cumplir?

La empresa de inserción tienen que tener trabajadores en exclusión o riesgo de exclusión social pertenecientes a alguno de los colectivos del artículo 3 del Decreto 34/2007, de 12 de abril.



Disponer en su plantilla de técnico/s de acompañamiento contratados indefinidamente por la empresa de inserción. El personal técnico de acompañamiento deberá disponer de titulación universitaria oficial adecuada a las funciones que va a desempeñar, o bien no teniendo una titulación oficial acrediten una experiencia profesional de, al menos, dos años en actividades vinculadas al campo de la integración social.



Se consideran titulaciones universitarias oficiales adecuadas aquellas que acrediten conocimientos en el ámbito educativo, asistencial, pedagógico, psicosocial, terapéutico o sociolaboral.



Acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la seguridad social previamente a la propuesta de resolución, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, en materia de subvenciones.



Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o la no sujeción a la misma o en su caso la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 75/2008, de 30 de octubre.

Colectivos en situación o riesgo de exclusión social (Art. 3 – DECRETO 34/2007, de 12 de Abril) (121 kbytes)



¿Para qué es la ayuda?:

Las subvenciones estarán destinadas a financiar los gastos del personal de acompañamiento de las empresas de inserción. Se entiende por personal de acompañamiento el que desarrolla acciones de orientación, tutoría y procesos personalizados y asistidos de trabajo remunerado, formación en el puesto de trabajo, habituación laboral y social encaminada a satisfacer o resolver problemáticas específicas derivadas de la situación de exclusión que dificultan a la persona un normal desarrollo de su itinerario en la empresa de inserción.



Son gastos subvencionables los costes laborales y de seguridad social de los trabajadores contratados indefinidamente como personal de acompañamiento de las empresas de inserción, y que hayan tenido lugar entre el 1 de julio de 2019 y 30 de junio de 2020.



Cuantía:

La cuantía de la subvención se establece en un máximo de 3.500 € anuales por cada trabajador que recibe el acompañamiento con jornada a tiempo completo en exclusión social perteneciente a los colectivos del artículo 3 del Decreto 34/2007, de 12 de abril.

La subvención se reducirá proporcionalmente en función de la duración de los contratos de los trabajadores en situación o riesgo de exclusión social, así como en función de la duración de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.



¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, dirigida a la Dirección General de Economía Social y Autónomos, y acompañada de los siguientes anexos y documentación:

Documentación a Presentar (140 kbytes)  



MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUDES   







 

Plaza del Ayuntamiento, 1. 37188 Carbajosa de la Sagrada. SALAMANCA (España)

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