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Programa de gratuidad de libros de texto "RELEO PLUS" y ayudas para la adquisición (curso 2023-2024)

Consejería de Educación-Dirección General de Innovación y formación del profesorado

OBJETO:

Convocar la participación en el Programa de gratuidad de libros de texto “RELEO PLUS”, curso escolar 2023/2024, para proporcionar el uso gratuito de libros de texto al alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en los centros docentes de la comunidad de Castilla y León con la finalidad de garantizar el derecho fundamental a la educación y promover las condiciones de igualdad en su ejercicio.



Para lograr el uso gratuito de libros de texto por parte del alumnado beneficiarioel el Programa «RELEO PLUS se articulará en dos fases:



a) Una primera fase de concesión directa de ayudas en especie o dinerarias, dirigidas a todo el alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León y cuya renta de la unidad familiar no supere el umbral establecido.



El alumnado beneficiario de estas ayudas recibirá como ayuda en especie los libros de texto del banco de libros ubicado en el centro donde curse sus estudios o en el centro público al que esté adscrito el centro privado no sostenido con fondos públicos al que asista y solo en el caso de que en éste no se dispusiera de las existencias requeridas se le entregará una ayuda dineraria por el importe de la adquisición de los libros necesarios con el límite establecido y previa justificación. La concesión de ayudas dinerarias será por tanto subsidiaria para aquellos beneficiarios con derecho al uso gratuito de libros de texto que no puedan recibir libros del banco por no haber existencias.



En ningún caso se podrá elegir el tipo de ayuda a recibir de modo que los beneficiarios que rechacen la ayuda en especie perderán tal condición y no recibirán tampoco ayuda dineraria.



b) En una segunda fase y en el caso de que una vez otorgadas las ayudas previstas en la letra a), continuaran existiendo libros de texto en el centro docente pertenecientes al Banco de libros de texto y material curricular de Castilla y León, se procederá a su entrega, por orden inverso a su nivel de renta, al alumnado que estudiando en él y no siendo beneficiario de las citadas ayudas hubiera solicitado la participación en el programa. Podrá participar en esta fase el alumnado que curse educación primaria o educación secundaria obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.



¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 4 de febrero de 2023 hasta el 28 de febrero de 2023



LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:

Presencial (tres copias):

Preferentemente, en la secretaría del centro docente donde el alumno se encuentra matriculado en el año académico 2022/2023.

Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.

En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).

Electrónico:

¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración?

Tramitación electrónica: ver requisitos técnicos.



¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Padre, madre o tutor legal que cumplan los requisitos

Si los alumnos tienen expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, el beneficiario será la entidad o familia de acogida que ejerza la guarda del menor.



¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Para ser beneficiarios del programa de gratuidad:

Para la concesión de las ayudas, la renta de la unidad familiar en el año 2021 no deberá superar en 2,80 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) establecido para el año 2022, es decir 22.697,58 €. Dicha renta se calculara por agregación de la rentas del ejercicio 2021 de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, de la siguiente forma:

Para unidades familiares o miembros computables que hayan presentado declaración del impuesto de la renta de las personas físicas, se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyendo todos los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales de 2017 a 2020, así como el saldo neto negativo de rendimientos de capital mobiliario de 2017 a 2020. A este resultado se restará la cuota resultante de la autoliquidación (Casillas 435+460-595).

Para unidades familiares o miembros computables que obtengan ingresos propios y/o no hayan presentado declaración del impuesto de la renta de las personas físicas, se procederá de forma equivalente a lo indicado en el párrafo a), y a las imputaciones íntegras se les restarán los gastos y deducciones del trabajo. 

Para el cálculo de la renta familiar serán miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre o el tutor, el propio alumno, los hermanos solteros menores de veinticinco años que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que residan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2021.

En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el alumno. Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación cuya renta se incluirá dentro del cómputo familiar.

En el caso de que exista custodia compartida, para la determinación de la renta se tendrá en cuenta la de los dos progenitores.

En el caso del alumnado perteneciente a una familia numerosa, o cuando alguno de los miembros de la unidad familiar presente una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento o que hayan sido reconocidos como víctimas de violencia de género o como víctimas de actos de terrorismo, la renta familiar así calculada, se dividirá por un coeficiente de 1,25 al objeto de favorecer la concesión de las ayudas.

Cuando el alumnado pertenezca a una familia de las detalladas en el párrafo anterior, si en el momento de formular la solicitud asiste a un centro educativo ubicado en un núcleo con población inferior a 10.000 habitantes, su renta familiar se dividirá por un coeficiente no de 1,25 sino de 1,3, para incrementar sus posibilidades de obtener el derecho a la gratuidad de los libros de texto.

Para poder acceder al banco de libros del centro:

Todas aquellas familias que no estén en el caso anterior. Podrán recibir libros del banco de libros de centro siempre que haya disponibilidad después de atender a los alumnos beneficiarios del programa de gratuidad. 



¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

En el marco del Programa de gratuidad de libros de texto “RELEO PLUS” serán subvencionables:



a) Los libros impresos o en soporte digital que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en el currículo oficial vigente, hayan seleccionado para ser utilizados por el alumnado en el curso escolar 2023/2024, así como los materiales asociados a dichos libros de texto, tales como cuadernillos de actividades y licencias digitales.



b) Los libros y materiales específicos, impresos o en soporte digital, destinados a favorecer el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje adaptado al alumnado con necesidades educativas específicas.



No serán subvencionables los materiales curriculares que sirvan de complemento o apoyo en cada curso escolar, como pueden ser los libros de lectura, atlas, mapas o diccionarios.



CUANTÍA:

El alumnado con derecho al uso gratuito de libros de texto acudirá, en primer lugar, al banco de libros de texto de su centro. Esta entrega de libros tendrá la consideración de ayudas en especie.



Si el banco de libros no tuviera la existencias necesarias para atender todas las peticiones, se concederá una ayuda dineraria que se corresponderá con el importe de la adquisición de los libros necesarios, con el siguiente límite:

a) 280 euros, para financiar la adquisición de libros de texto de educación primaria.

b) 350 euros, para financiar la adquisición de libros de texto de educación secundaria obligatoria.



¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

Solicitud en modelo normalizado Documento nº 1, una por alumno, que se podrá cumplimentar a través de la APLICACIÓN INFORMÁTICA, y en la misma se harán constar todos los miembros de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2021. Se calificará de solicitante al padre o madre, o tutor legal que firme la solicitud y cuyos datos aparezcan reflejados en primer lugar.



Las solicitudes incluirán, entre otras cuestiones, el compromiso de devolver los libros subvencionados, en buen estado, en el centro donde el alumno estuviera matriculado en el curso 2023/2024.



Además la solicitud deberá ir acompañada de la copia del documento nacional de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar mayores de catorce años, o del documento acreditativo de la identidad o de la tarjeta equivalente de los extranjeros residentes en territorio español, únicamente cuando el solicitante no autorice EXPRESAMENTE su comprobación a la Administración de la Comunidad de Castilla y León.



Salvo en el caso de alumnos que tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la solicitud también deberá acompañarse de la siguiente documentación:

Documentación a presentar (106 kbytes)  



Más información y solicitud en este enlace: https://cutt.ly/L3q6rZm  



 


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